Servicios para la adaptación al Decreto 28/2016

El pasado mes de mes febrero se publicó finalmente el Decreto 28/2016 de 2 de febrero que regula las viviendas con fines turísticos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el que se regula dicha actividad así como se establecen los requisitos que estas viviendas han de cumplir para su inserción en el mercado vacacional. Concretamente en su artículo 6 se detallan los requisitos que han de cumplir estas viviendas, estableciéndose la necesidad de disponer de la licencia de ocupación entre otras condiciones de equipamiento y gestión de la misma. Es posible que muchas viviendas no cuenten con la citada licencia de ocupación, especialmente si son anteriores a 1988, de modo que ésta tendrá que solicitarse de nuevo en el ayuntamiento correspondiente, para lo que es necesario que un técnico competente, en este caso un arquitecto, elabore un certificado gráfico y descriptivo de esta vivienda.

A raíz de la exigencia de estos nuevos requisitos marcados por la ley, Sareic  facilita la adaptación a este decreto mediante los siguientes servicios:

– Asistencia técnica y asesoramiento en el proceso de adaptación de la vivienda al nuevo Decreto 28/2016

– Elaboración de documentación técnica y tramitación de licencia de ocupación con el Ayuntamiento correspondiente

– Elaboración de proyectos de reforma y/o adecuación de estas viviendas para los usos turísticos

– Gestión integral de reformas y proyectos llave en mano

– Elaboración y diseño de la información turística en soporte físico o electrónico requerida por el nuevo Decreto 28/2016